Recordar a aquellas AMPA que aún no lo hayan hecho, que deben inscribirse en el Registro del Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza: Como sabréis ya en la AMPA, la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, prevé en su artículo 180.1) la creación del Censo de Entidades Colaboradoras de la Enseñanza, que viene regulado en el DECRETO 71/2009, de 31 de marzo (BOJA nº 73 de fecha 17 de abril de 2009). El estar inscrito en este Registro es necesario y va a ser obligatorio para poder acceder a cualquier tipo de subvención y para realizar cualquier trámite ante la Administración Educativa.
En caso de que su AMPA aún no esté registrada, desde esta Confederación queremos informarles y facilitarles todos los trámites necesarios para inscribirse en este Registro. En nuestra página web tienen disponible el Decreto e impresos. Estos son los pasos que hay que seguir:
- Convocar una Asamblea General en la que un punto del Orden del día sea: “Acuerdo de inscripción en el Censo de Entidades colaboradoras de la Enseñanza”.
- Rellenar y firmar la solicitud
- Rellenar y firmar el Certificado del acuerdo de la Asamblea General
- A continuación solamente falta presentar estos dos documentos en el Registro de la Consejería de Educación o en el de su Delegación Provincial de Educación (no olviden llevar una copia de la solicitud para que se la devuelvan sellada en dicho registro)
- La Consejería de Educación les comunicará en un plazo inferior a 3 meses la resolución con el nº de inscripción en este Registro. Es importante que comuniquen este número de Registro a nuestra Federación.
Para facilitarle estos trámites, cada una de nuestras Federaciones Provinciales pone a su disposición todos sus medios para evitar, sobre todo a las AMPA de la provincia, el desplazamiento a la capital para presentar estos documentos. Por eso, se les ofrece la posibilidad de que, una vez que tengan rellenados y firmados los documentos, los remitan a la Federación Provincial que los presentarán en su nombre.
Documentos: